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Con la publicación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil de 2001, el proceso monitorio fue la principal innovación jurisdiccional para la protección del crédito en España.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.html
Dar mayor eficacia, rapidez y minorar los costes del proceso en el cobro de deudas son sus principales objetivos.
Actualmente, se trata de un proceso enfocado en la reclamación de deudas dinerarias, líquidas, vencidas, exigibles y determinadas principalmente para los pequeños y medianos empresarios pese a que, en la práctica, también lo terminan utilizando las grandes corporaciones.
¿Es viable y eficaz? ¿Es el proceso que pretendía ser a día de hoy? Consúltanos, somos tus abogados de confianza.
https://www.diubaldoabogados.com/areas-de-ejercicio/derecho-mercantil/